{"id":14946,"date":"2018-12-06T08:01:10","date_gmt":"2018-12-06T08:01:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.andira.org.mx\/?p=14946"},"modified":"2018-12-06T08:01:10","modified_gmt":"2018-12-06T08:01:10","slug":"cfdi-complemento-de-pago","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/andira.org.mx\/admin\/2018\/12\/06\/cfdi-complemento-de-pago\/","title":{"rendered":"CFDI complemento de pago"},"content":{"rendered":"<p>Todo negocio requiere emitir facturas para comprobar que un intercambio comercial se ha efectuado con un cliente, ya sea porque se vendi\u00f3 un producto o por el pago de un servicio. Conocer la manera correcta de realizarlas y utilizar las nuevas herramientas en l\u00ednea te facilitar\u00e1 en gran medida este proceso<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">Axel Baz\u00e1n<\/p>\n<p>A lo largo de este a\u00f1o fiscal se han vivido varios cambios en los m\u00e9todos de facturaci\u00f3n, pero a partir del 1.ro de septiembre se estableci\u00f3 el plazo para comenzar a utilizar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o Factura Electr\u00f3nica, cuya existencia permite proponer el pago de impuestos y llenado de declaraciones. Con esta informaci\u00f3n, el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) podr\u00e1 emitir propuestas de pago o declaraciones prellenadas, lo cual facilitar\u00e1 el cumplimiento de las obligaciones fiscales a los contribuyentes, en cuanto a la presentaci\u00f3n de pagos provisionales, mensuales, trimestrales, y declaraciones del ejercicio fiscal, de acuerdo con el Colegio de Contadores P\u00fablicos de M\u00e9xico.<\/p>\n<p>A ra\u00edz de esta regulaci\u00f3n, surgi\u00f3 el CFDI 3.3 Complemento para recepci\u00f3n de pagos, un modelo de pago en parcialidades que facilita la emisi\u00f3n de facturas, pero que \u00fanicamente se aplica cuando el servicio ofrecido se pague en diversas exhibiciones. Es decir, deber\u00e1 emitirse un CFDI 3.3 por cada uno de los pagos a realizar por el contratante del servicio, cuidando de no exceder el d\u00e9cimo d\u00eda natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el pago. En el supuesto de que el cliente realice varios pagos en un mismo mes, ser\u00e1 posible emitir un s\u00f3lo CFDI 3.3, si se trata \u00fanicamente del mismo receptor.<\/p>\n<p>En otras palabras, esta nueva modificaci\u00f3n se\u00f1ala que debemos de realizar el Complemento de pago cada que recibamos un pago o un anticipo. El m\u00e9todo de pago puede estar definido en dos modalidades:<\/p>\n<ul>\n<li>Una sola exhibici\u00f3n cuando el comprador emite un s\u00f3lo pago, en efectivo o con tarjeta de d\u00e9bito, para la adquisici\u00f3n del producto<\/li>\n<li>Parcialidades o diferido cuando se elabora una factura a cr\u00e9dito, o que se vaya a cubrir en varios pagos. En este caso, la forma de pago se especifica de la siguiente manera: \u201cPor definir\u201d, ya que en ese momento se desconoce<\/li>\n<\/ul>\n<p>Los puntos m\u00e1s importantes que debe contener este complemento son:<\/p>\n<ul>\n<li>Folio Fiscal de la(s) factura(s) a las que aplica el pago y el importe correspondiente<\/li>\n<li>Fecha de realizaci\u00f3n del pago<\/li>\n<li>Forma de pago<\/li>\n<li>Importe del pago sin desglosar el IVA<\/li>\n<li>Nombre del Banco<\/li>\n<li>Cuenta y\/o CLABE<\/li>\n<li>Moneda<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Pagos en parcialidades<\/strong><\/h2>\n<p>El mecanismo contenido en la Regla 2.7.1.35 Expedici\u00f3n de CFDI por pagos realizados del SAT se\u00f1ala que para reflejar el pago con el que se liquide el importe de la operaci\u00f3n \u201cse emitir\u00e1 un CFDI por el valor total de la operaci\u00f3n en el momento en que \u00e9sta se realice y, posteriormente, se expedir\u00e1 un CFDI por cada uno de los pagos que se reciban, en el que se deber\u00e1 se\u00f1alar \u2018cero\u2019 en el campo \u2018Total\u2019, sin registrar dato alguno en los campos \u2018m\u00e9todo de pago\u2019 y \u2018forma de pago\u2019, debiendo incorporar al mismo el \u2018Complemento para recepci\u00f3n de pagos\u2019 que al efecto se publique en el Portal del SAT\u201d.<\/p>\n<p>Proveedores de Facturaci\u00f3n Electr\u00f3nica, administraci\u00f3n e integraci\u00f3n de documentos electr\u00f3nicos en la nube (reachcore) especifica en su sitio web que cuando los servicios proporcionados a un cliente no se paguen en una sola exhibici\u00f3n se emitir\u00e1:<\/p>\n<ul>\n<li>Un CFDI con complemento de recepci\u00f3n de pagos por el valor total de la operaci\u00f3n en el momento en que \u00e9sta se realice<\/li>\n<li>Se expedir\u00e1 un CFDI por cada uno de los pagos que se efect\u00faen, en el que se deber\u00e1 se\u00f1alar \u201ccero pesos\u201d en el monto total de la operaci\u00f3n, mientras que en M\u00e9todo de pago se indicar\u00e1 la expresi\u00f3n de pago. Tambi\u00e9n se incorporar\u00e1 el \u201cComplemento para pagos\u201d, con el que se especifica la cantidad pagada y, se identifica la factura, cuyo saldo liquida<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>\u00danica exhibici\u00f3n <\/strong><\/h2>\n<p>Cuando el servicio brindado se pague en una sola exhibici\u00f3n, pero \u00e9sta no sea cubierta al momento de la expedici\u00f3n del CFDI, incluyendo las operaciones a cr\u00e9dito que se cubren en fecha posterior a la emisi\u00f3n del CFDI correspondiente, se deber\u00e1 utilizar el mismo mecanismo descrito en Pagos en parcialidades.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfCu\u00e1ndo debes expedir un comprobante de pago?<\/strong><\/h2>\n<p>Los complementos de pago se expedir\u00e1n cuando se realicen Pagos en parcialidades, Pagos en una sola exhibici\u00f3n, y que \u00e9stos no sean cubiertos al momento de la expedici\u00f3n del CFDI, y Pagos de operaciones a cr\u00e9dito saldadas despu\u00e9s de la emisi\u00f3n del CFDI correspondiente.<\/p>\n<p>Si las operaciones son pagadas en el momento de la creaci\u00f3n de la factura, o con las operaciones que regularmente se llaman de \u201ccontado\u201d, no se deber\u00e1 expedir el complemento de pago.<\/p>\n<p>Este complemento de pago es un claro ejemplo de que cualquier movimiento dentro de las empresas estar\u00e1 notificado en el SAT, lo cual obliga a bancarizar todos los movimientos.<\/p>\n<h2><strong>Llenando el CFDI<\/strong><\/h2>\n<p>El m\u00e9todo m\u00e1s sencillo de explicar c\u00f3mo se debe realizar el llenado del CFDI 3.3 es de la siguiente forma:<\/p>\n<ol>\n<li>Emitir un CFDI por el total de la operaci\u00f3n<\/li>\n<li>Si el pago es en parcialidades, el valor del complemento ser\u00e1 \u201c0\u201d y se emitir\u00e1 el comprobante con el valor total hasta que \u00e9ste liquide la contraprestaci\u00f3n pactada<\/li>\n<li>Si el pago fue en una sola exhibici\u00f3n, se emitir\u00e1 por el total pactado<\/li>\n<\/ol>\n<p>Es importante mencionar que la \u00fanica forma de dejar sin efectos un CFDI Complemento de pago es con una nota de cr\u00e9dito o un CFDI de egresos. En cuanto a los beneficios de este nuevo m\u00e9todo de facturaci\u00f3n, se encuentran el reducir la cancelaci\u00f3n de comprobantes fiscales digitales por internet, la duplicidad en los ingresos, un mejor control total de las cuentas por cobrar y la bancarizaci\u00f3n de todos los movimientos.<\/p>\n<p>Para obtener m\u00e1s informaci\u00f3n al respecto, se puede consultar el sitio oficial del SAT o la Gu\u00eda de llenado del comprobante al que se le incorpore el complemento para recepci\u00f3n de pagos.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"size-full wp-image-14947 aligncenter\" src=\"https:\/\/www.andira.org.mx\/website\/wp-content\/uploads\/2018\/12\/A0AN0003160.jpg\" alt=\"\" width=\"548\" height=\"800\" \/><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Todo negocio requiere emitir facturas para comprobar que un intercambio comercial se ha efectuado con un cliente, ya sea porque se vendi\u00f3 un producto o por el pago de un servicio. Conocer la manera correcta de realizarlas y utilizar las nuevas herramientas en l\u00ednea te facilitar\u00e1 en gran medida este proceso Axel Baz\u00e1n A lo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":14948,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[38],"tags":[36,49],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/andira.org.mx\/admin\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14946"}],"collection":[{"href":"https:\/\/andira.org.mx\/admin\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/andira.org.mx\/admin\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/andira.org.mx\/admin\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/andira.org.mx\/admin\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=14946"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/andira.org.mx\/admin\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14946\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/andira.org.mx\/admin\/wp-json\/wp\/v2\/media\/14948"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/andira.org.mx\/admin\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=14946"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/andira.org.mx\/admin\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=14946"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/andira.org.mx\/admin\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=14946"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}